
El Comité Sectorial de Extintores ha elaborado un “Mapa Normativo y Reglamentario del Extintor” para facilitar a instaladores, mantenedores y usuarios las normas y reglamentos que se deben cumplir según marca la legislación vigente.
El documento presenta de manera concisa y de fácil lectura las Directivas europeas que afectan al extintor, los Reglamentos, Reales Decretos y Órdenes Ministeriales y normas UNE-EN. Está dividido, para una mejor comprensión y rapidez de consulta, según el tipo de actividad de la empresa: fabricación (todas las normas UNE EN que deben cumplir los aparatos), transporte, instalación y mantenimiento (reglamentaciones que deben cumplir las empresas instaladoras y mantenedoras, y requisitos de instalación y mantenimiento –revisiones trimestrales y anuales-); y según el uso del extintor: industrial (instalaciones petrolíferas, almacenamiento productos químicos, instalaciones eléctricas de alta tensión); vehículos (transporte de mercancías y personas, transporte de mercancías peligrosas); edificios; y buques y embarcaciones (mercantes, de pasaje, de recreo).
Este documento se irá actualizando a medida que se aprueben nuevas normas y reglamentaciones y estará colgado para consultas y/o descargarlo en la web de TECNIFUEGO-AESPI: www.tecnifuego-aespi.org
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El pasado 25 de junio aparecía publicado en el BOE el Real Decreto 795/2010 que regula distintos aspectos del uso de gases fluorados, tales como la comercialización y manipulación de equipos y la certificación de los encargados de realizar el mantenimiento.
El real decreto da continuidad al Reglamento Europeo 842/2006/CE que exige que el personal y las empresas dedicadas a la instalación, manipulación y mantenimiento de sistemas fijos y extintores que utilizan gases fluorados deben estar en posesión de un certificado acreditativo desde el 4 de julio de 2010.
Los certificados al personal deberán ser expedidos por los órganos asignados por cada Comunidad Autónoma por aquellas personas que lo soliciten y que hayan superado satisfactoriamente un curso de formación teórico-práctico que incluye una prueba evaluadora realizado en un centro formativo y evaluador autorizado.
Por su lado, las empresas deberán obtener un certificado que acredite que emplean personal certificado en número suficiente para el volumen de actividad previsto y que les pone a disposición los instrumentos y procedimientos necesarios para realizar su labor. Estos certificados deben ser expedidos nuevamente por el órgano asignado por cada Comunidad Autónoma.
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imagen de: reisach
Consensuada y finalizada la revisión de la Norma UNE 23 120 por parte del Comité Sectorial de Extintores de TECNIFUEGO-AESPI, del que forman parte empresas y asociaciones sectoriales como AERME y ACVIRME, creemos interesante informar al mercado y al sector de los cambios más destacados que se han planteado a AENOR, que resumiendo son: la introducción de una serie de defectos, que si se presentan en un extintor pueden poner en duda su correcto funcionamiento, como criterios de rechazo, y la fijación del equipamiento mínimo, que la empresa mantenedora debe disponer en su taller. Creemos que hay que aplicar similares niveles de exigencia en los procesos de instalación y mantenimiento que los que se exigen en los procesos de fabricación de extintores, y esto se logrará más fácil y eficazmente con la implantación de la Norma UNE 23120, y su inclusión en la reglamentación contra incendios vigente. Leer el artículo completo »
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