
Anton M. Checa director general ITeC
El Ministerio de Fomento ha inscrito el Registro ITeC de Materiales de construcción en el Registro General del Código Técnico de la Edificación. El reconocimiento del Registro por parte de Fomento implica que los valores inscritos de las prestaciones de los productos utilizados en fase de proyecto y de las garantías de calidad y de control de recepción en la ejecución de las obras tienen validez. El Registro de Materiales del Instituto de Tecnología de la Construcción de Catalunya es una base de datos de productos, equipos y sistemas del ámbito de la construcción que contiene la información de los valores de sus características técnicas, según se establece en el Código Técnico de la Edificación. El registro es de acceso y consulta libres en la web del ITeC. El Código Técnico de la Edificación es el marco normativo que determina las obligaciones que deben satisfacer los edificios en cuanto a los requisitos básicos de seguridad y habitabilidad establecidos en la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE). El director general del ITeC, Anton M. Checa, afirma que “ofrecemos a las empresas fabricantes, a los técnicos y a las empresas constructoras un instrumento que facilita la aplicación del CTE en las fases de proyecto y ejecución de obra”.
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Los artículos de la LOE y del DB HR del CTE referentes a las responsabilidades de los agentes, y los requisitos de los materiales de construcción, hacen especial hincapié en los siguientes aspectos:
1. Se debe solicitar al fabricante del ladrillo o piezas de tabiquería y separación entre viviendas la documentación técnica (Certificado Silensis, ficha del marcado CE, ensayos de laboratorio homologados, etc) que acredite el cumplimiento del requisito de masa superficial kg/m2 de la pared.
2. Se debe comprobar que los materiales suministrados en obra coinciden exactamente con los datos técnicos del producto aportados a través de la ficha del marcado CE, web, ensayos, catálogos, tarifas, etc, fundamentalmente en cuanto al peso de las piezas, por la repercusión y la influencia que tiene la masa de las piezas en el aislamiento acústico de las paredes
LOE. Ley de Ordenación de la Edificación (Ley 38/1999, BOE 06/11/1999)
1.- Artículo 4. Proyecto
[…] El proyecto habrá de justificar técnicamente las soluciones propuestas de acuerdo con las especificaciones requeridas por la normativa técnica aplicable [...].
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El aislamiento acústico es un elemento fundamental en la vivienda y una de las principales demandas de los ciudadanos.
Hispalyt, la Asociación Española de Fabricantes de Ladrillos y Tejas de Arcilla Cocida, presenta un documento donde se extraen los artículos de la LOE y del DB HR del CTE referentes a las responsabilidades de los agentes, y los requisitos de los materiales de construcción, haciendo especial hincapié en los siguientes aspectos:
- Se debe solicitar al fabricante del ladrillo o piezas de tabiquería y separación entre viviendas la documentación técnica (Certificado Silensis, ficha del marcado CE, ensayos de laboratorio homologados, etc) que acredite el cumplimiento del requisito de masa superficial kg/m2 de la pared.
- Se debe comprobar que los materiales suministrados en obra coinciden exactamente con los datos técnicos del producto aportados a través de la ficha del marcado CE, web, ensayos, catálogos, tarifas, etc, fundamentalmente en cuanto al peso de las piezas, por la repercusión y la influencia que tiene la masa de las piezas en el aislamiento acústico de las paredes.
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